El Gobierno oculta información sobre las aguas territoriales españolas

El Gobierno oculta información sobre las aguas territoriales españolas

El Ministerio de Asuntos Exteriores tiene que explicar la delimitación de su Zona Económica Exclusiva en el Océano Atlántico (ZEE), según una resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) a la que ha tenido acceso LA RAZÓN. En una comunicación anterior, Exteriores reconocía que «no se ha culminado la negociación de ninguna delimitación de ZEE con los países limítrofes» y, en concreto afirmaba que «con Francia no consta ningún tipo de negociación desde 2012», cuando, como apuntaba la cartera de José Manuel Albares, el país vecino «había decretado unilateralmente su ZEE en el Mediterráneo».

Este dato se conoció tras una petición de información que se remonta al 29 de diciembre de 2023, cuando un ciudadano planteó diversas cuestiones a Exteriores, puesto que, como aseguraba el interesado, «Francia ha delimitado unilateralmente su Zona marítima Económica Exclusiva (ZEE) frente a España tanto en el Atlántico como en el Mediterráneo, perjudicando intereses marítimos españoles» y poniendo en riesgo, en consecuencia, «recursos pesqueros o energéticos».

Hay que recordar que ese perímetro otorga «derechos soberanos a los efectos de la exploración y explotación de los recursos naturales del lecho y del subsuelo marinos y de las aguas suprayacentes», según la normativa que marca la Convención de Naciones Unidas de Derecho del Mar.

Las dudas puestas sobre la mesa por el abogado Guillermo Rocafort alcanzaban a las «negociaciones» con nuestro vecino del norte «para delimitar correctamente nuestras ZEE»; si «ha planteado España alguna protesta y medida frente a Francia para una correcta delimitación»; si este asunto «controvertido está en tribunales internacionales» y si «acepta España la delimitación», pero además solicitaba una «copia de las comunicaciones enviadas por España a Francia en este sentido».

Tras contestar el ministerio, respuesta recogida por este diario, el peticionario hizo constar ante el CTBG su disconformidad con lo indicado acerca de cuestiones como «la controversia con Francia en relación a la Zona Económica Exclusiva (ZEE) del Océano Atlántico», ya que «en la respuesta no lo aclara». Es más ahora denuncia ante Transparencia que «se remite a acuerdos con Francia adoptados durante el franquismo», con un «ocultismo» que «es inaceptable» cuando «estamos hablando de una vastísima extensión en el océano».

La contestación gubernamental incide en que España «ha declarado unilateralmente su zona económica exclusiva (ZEE) de 200 millas náuticas mediante dos normas: la Ley 15/78, de 20 de febrero, sobre ZEE, el Real Decreto 236/2013, de 5 de abril, por el que se establece la ZEE de España en el Mediterráneo noroccidental».

Continúa la respuesta en el ámbito de la ley: «Salvo lo que se disponga en tratados internacionales con los Estados cuyas costas se encuentran enfrente de las españolas o sean adyacentes a ellas, el límite exterior de la zona económica será la línea media o equidistante». En este sentido, la aplicación (…) se limitará a las costas españolas del Océano Atlántico, incluido el Mar Cantábrico, peninsulares e insulares, y se faculta al Gobierno para acordar su extensión a otras costas españolas».

Recuerda el ministerio que «se dictó en Real Decreto 236/2013, por el que se establece nuestra ZEE exclusiva en el Mediterráneo noroccidental según las coordenadas incluidas en su artículo 1. Previamente, en 2012, Francia había decretado unilateralmente su ZEE en el Mediterráneo».

Apunta asimismo que «no se ha culminado la negociación de ninguna delimitación de ZEE con los países limítrofes» y que «con Francia no consta ningún tipo de negociación desde 2012».

Tras recibir estas notificaciones, el 5 de marzo de 2024 el Consejo de Transparencia concedió audiencia al reclamante para que presentase las alegaciones que estimara pertinentes. Con fecha del mismo día, este señaló que «el ministerio sigue sin contestar a esta cuestión: ¿ha acudido España a organismos internacionales que arbitren esta cuestión en las controversias con Francia en el Atlántico y en el Mediterráneo?».

En su última resolución, a «la vista de las actuaciones reflejadas en los antecedentes», para el CTBG «resulta evidente que, si bien formalmente el ministerio resolvió en plazo, lo cierto es que no facilitó toda la información solicitada, obligando al interesado a interponer la reclamación prevista» en la ley.

Y ello porque, señala el organismo, en «lo que atañe a la cuestión referida a si el asunto está controvertido en tribunales internacionales, no consta pronunciamiento alguno del ministerio».

En consecuencia, «dado el carácter de información pública de lo solicitado con arreglo al artículo 13 LTAIBG y que no se ha alegado la concurrencia de ningún límite o causa de inadmisión, procede estimar la reclamación a fin de que el ministerio resuelva sobre la petición que ha quedado sin respuesta y proporcione la información» pendiente. Se trata de una cuestión crucial, porque está en juego «determinar el espacio que otorga a los países derechos de explotación económica sobre las aguas adyacentes a sus costas, como ya han hecho Francia y Marruecos», concluye Rocafort.

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