Puro Sánchez: ley que no me gusta, se cambia

Puro Sánchez: ley que no me gusta, se cambia

El derecho de los ciudadanos a procurar la defensa de la legalidad y del cuerpo social se encuentra reconocido tanto en la Constitución (artículo 125) como en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (artículo 101) y ha venido aplicándose en la jurisdicción judicial española desde la recuperación de la democracia. Se articula a través de la figura de la acusación popular, que pueden ejercer todas aquellas personas físicas o jurídicas, a excepción de jueces y magistrados y de quienes hayan sido condenados más de una vez por calumnias o denuncias y querellas falsas.

De hecho, dicho sea de paso, el PSOE tiene una larga trayectoria a la hora de ejercer la acusación popular contra los adversarios políticos –como en el caso de los quince años de persecución judicial sobre el ex presidente de la comunidad de Valencia, Francisco Camps, absuelto en todos los procedimientos– o como acción de defensa preventiva en procedimientos que le conciernen directamente, como el «caso Koldo» o el «caso Mediador», también conocido como «caso Tito Berni». Por supuesto, son los jueces quienes vigilan el buen desempeño del proceso penal en toda su extensión, garantizando el buen uso de la acusación popular, con las inevitables excepciones que sólo llevan a confirmar la regla.

Se trata, todo hay que decirlo, de un figura, como la del jurado popular, que siempre había contado con el apoyo de las posiciones políticas de la izquierda, al menos, hasta ayer, cuando el grupo parlamentario socialista decidió presentar una iniciativa legislativa para modificar la ley orgánica, retirando la legitimación como acusación particular a los partidos políticos y asociaciones y fundaciones afines o vinculadas a los mismos, además de sustraer al criterio judicial la valoración de pruebas e indicios, como pueden ser las informaciones periodísticas, que forman parte de los deberes de los medios de comunicación de denunciar las ilegalidades e injusticias de las que tengan conocimiento por razones de su trabajo. Además, la reforma propuesta pretende aplicar la retroactividad en los procedimientos judiciales abiertos a la fecha de su promulgación, con la clara intención de dejar en manos de una Fiscalía «favorable» al Gobierno la continuidad de la acusación.

Nos hallamos, pues, ante un ejemplo diáfano de lo que entiende el sanchismo como principio de legalidad. O dicho de otra forma, aquellas leyes que molestan a los intereses del presidente del Ejecutivo se cambian aprovechando una mayoría parlamentaria que, en muchos casos, ha abdicado de su razón de ser para convertirse, previo pago, en mera caja de resonancia del poder. Es aún más grave que el motivo último de la reforma propuesta no haya partido de una reflexión compartida con el resto de los partidos, puesto que hablamos de retocar un principio constitucional, sino de la necesidad de conseguir la impunidad de los familiares directos de Sánchez.

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