Defender la Institución del Rey

Defender la Institución del Rey

La reciente y desacertada actuación en México en relación con nuestro Rey pone de manifiesto la importancia de la figura de nuestro Jefe de Estado y su necesaria protección. Esta figura es uno de los pilares sobre los que se asienta el sistema constitucional vigente. En los últimos años, se ha cuestionado la pertinencia de mantener una protección especial para esta institución, argumentando que su blindaje legal vulnera el derecho a la libertad de expresión. Sin embargo, es fundamental recordar el simbolismo y la relevancia que la Monarquía tiene según la Constitución española y la necesidad de defender a esta institución frente a ataques que exceden los límites del debate legítimo, como las injurias y calumnias.

La Constitución Española de 1978 consagra la figura del Rey como el símbolo de la unidad y permanencia del Estado (artículo 56.1 CE). El monarca personifica la continuidad histórica de España, es el jefe del Estado y desempeña funciones esenciales como moderador del funcionamiento regular de las instituciones y árbitro en las relaciones entre poderes. Esta posición de neutralidad y símbolo de la unidad del país justifica que se le otorgue una protección jurídica especial, que incluye, entre otros aspectos, la inviolabilidad (artículo 56.3 CE) y la exclusión de responsabilidad penal o civil. Este carácter simbólico y neutral es clave para entender la necesidad de proteger la Institución del Rey frente a injurias y calumnias.

La figura del Rey no representa intereses particulares, ni partidistas, sino a la totalidad del Estado, y, por tanto, los ataques a su persona o a la institución que representa no pueden ser considerados simplemente como críticas a una figura política o pública. La defensa de la institución es la defensa del propio Estado y su estabilidad.

La protección penal del Rey no debe interpretarse como un impedimento para el debate legítimo sobre la forma del Estado. La Constitución española no prohíbe el debate sobre la posible instauración de una república. Es perfectamente legítimo reivindicar un cambio en la forma de Estado, siempre que este debate se desarrolle en los cauces constitucionales y con respeto a las instituciones. Lo que resulta inapropiado y contraproducente es que dicho debate se realice mediante injurias o calumnias hacia la persona del Rey. Es un error confundir el derecho a la libertad de expresión con el derecho a difamar o insultar. En las democracias consolidadas, la libertad de expresión es un derecho fundamental que debe ejercerse de manera responsable, sin caer en ataques que socaven la dignidad y el respeto debido a las instituciones.

El menosprecio hacia las instituciones puede erosionar la estabilidad del Estado y abrir la puerta a la inestabilidad política. Por ello y en mi opinión, se hace necesario mantener la protección a la Corona frente a ataques que, lejos de enriquecer el debate democrático, sólo contribuyen a deslegitimar la figura que representa la unidad del país. El TEDH no cuestiona la protección penal del jefe del estado frente al ejercicio de la libertad de expresión, lo que cuestiona es la penalidad excesiva, pero en absoluto la necesidad de que haya una protección penal adecuada frente a ataques que van más allá de la crítica legítima. El Rey, como jefe de Estado, representa no solo a una institución sino a la estabilidad y continuidad del país, y su figura merece ser protegida en la medida en que ello refuerza el respeto y la cohesión institucional. En consecuencia, es un error eliminar la protección al jefe de Estado en España, ya que ello pondría en riesgo la estabilidad institucional y abriría la puerta a ataques que socavarían la dignidad de la institución y, por ende, la del Estado mismo.

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