Paro: cómo se cobra, cuándo, duración, cuantía y requisitos necesarios

Paro: cómo se cobra, cuándo, duración, cuantía y requisitos necesarios

Millones de españoles se suman inevitablemente a la cola del paro. Y es que el desempleo es uno de los grandes males de nuestro país que afecta a todo tipo de trabajadores en algún punto de su vida aunque estos quieran permanecer en el mercado laboral. Por tanto, ante esta visible problemática, desde la Seguridad Social ofrecen una prestación contributiva por desempleo, más conocida como paro. Esta prestación “protege la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%”, tal y como explican desde la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Requisitos para cobrar el paro

Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social.Encontrarse en situación legal de desempleo, estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. La situación legal de desempleo conlleva el cese o la suspensión del contrato de trabajo por despido individual o colectivo, fin de contrato temporal, extinción por no superación del período de prueba, suspensión temporal de empleo o reducción de la jornada en un expediente de regulación de empleo (ERE), por la muerte, jubilación o incapacidad del empresario.Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el periodo en que se percibe la prestación.Haber trabajado y cotizado al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó la obligación de cotizar. Si no se ha cotizado lo suficiente, se podría tener derecho al subsidio por desempleo.No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo que sea posible la compatibilidad si lo establece un programa de fomento de empleo.No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

Plazo para solicitar el paro y documentación necesaria

Aquel que quiera recibir esta prestación deberá presentar la solicitud de presentación ante la oficina de trabajo que corresponda en el plazo de 15 días hábiles –excluidos domingos y festivos– después de que se haya quedado desempleado. Si existen vacaciones pendientes de disfrutar, el cómputo se iniciará tras estos días, tal y como explica la abogada de Legálitas, Susana Rodríguez.

Además del impreso de solicitud de la presentación de desempleo debidamente rellenado, el interesado en recibir el paro también deberá aportar el libro de familia –o un documento equivalente en el caso de extranjeros– si declara tener hijos a cargo y el certificado de la empresa en la que haya trabajado los últimos seis meses.

Duración y cuantía del paro

La duración de la prestación variará en función de las cotizaciones por desempleo de los últimos seis años que no hayan sido computadas para cobrar paro anteriormente, así como los días de vacaciones pagados y no disfrutados:

De 360 a 539 días cotizados: 120 días de prestación por desempleo.De 540 a 719 días cotizados: 180 días de prestación por desempleo.De 720 a 899 días cotizados: 240 días de prestación por desempleo.De 900 a 1.079 días cotizados: 300 días de prestación por desempleo.De 1.080 a 1.259 días cotizados: 360 días de prestación por desempleo.De 1.260 a 1.439 días cotizados: 420 días de prestación por desempleo.De 1.440 a 1.619 días cotizados: 480 días de prestación por desempleo.De 1.620 a 1.799 días cotizados: 540 días de prestación por desempleo.De 1.800 a 1.979 días cotizados: 600 días de prestación por desempleo.De 1.980 a 2.159 días cotizados: 660 días de prestación por desempleo.Desde 2.160 días cotizados: 720 días de prestación por desempleo.

La cantidad a cobrar por la prestación de desempleo varía en función de las bases de cotización del trabajador. Normalmente, se percibe el 70% de la base reguladora de los últimos 180 días cotizados. Esto será así durante los primeros seis meses de paro y después el tipo bajará al 60%.

La cuantía mínima de la prestación contributiva por desempleo para aquellas personas que no tengan hijos será de 560 euros y 1.225 euros la máxima. En cambio, si los desempleados tienen uno o más hijos, el paro ascenderá a 749 euros, incrementándose hasta los 1.400 euros en el caso de un hijo o los 1.575 euros para dos o más en la cuantía máxima.

Please follow and like us:
Pin Share