Alicante tendrá dos ZAS y tomará medidas cautelares en ambas para amortiguar el ruido

Alicante tendrá dos ZAS y tomará medidas cautelares en ambas para amortiguar el ruido

El Gobierno Local está dispuesto a atajar los problemas que los bares y restaurantes, y sus terrazas, generan a los vecinos de la calle Castaños y del Casco Antiguo de Alicante. Tanto es así que, además de declarar como Zona Acústicamente Saturada (ZAS), los entornos de ambas zonas, tomará de inmediato una serie de medidas cautelares para amortiguar el ruido que hay en esos puntos de la ciudad y que, a su vez, impiden descansar a los vecinos.

Así lo ha comunicado hoy el portavoz del Gobierno Local, y también vicealcalde, Manuel Villar, a preguntas de los periodistas en la rueda de prensa posterior a la reunión de la Junta de Gobierno Loca. En cada de esas áreas las medidas serán diferentes y adaptadas a las necesidades concretas de Castaños, y aledaños, y en el Casco Antiguo. “En cada zona se tomarán las medidas en función de las necesidades que muestran los informes que tenemos”, ha indicado. Es más, mientras se tramita el expediente de la ZAS, es probable que este mismo de junio se apliquen ya las medidas cautelares anunciadas por Villar.

En la calle Castaños, epicentro del conocido como tardeo -que consiste en tomar copas de bar en bar desde primera hora de la tarde y hasta la noche- los residentes se quejan del ruido continuado; unas molestias que les llevaron a poner una denuncia en los juzgados que han ganado. En cambio, en el Casco Antiguo, lugar de ocio nocturno, el problema los generan los horarios de los pubs y el hecho que mucha gente se queda en la calle en grupos, conversando, y en voz alta, hasta altas horas de la madrugada.

Recurso

Hay que recordar que el servicio jurídico del Ayuntamiento de Alicante presentó el pasado 28 de mayo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante un recurso de apelación contra la reciente sentencia que obliga a declarar como (ZAS) la calle Castaños, según informó el Ayuntamiento vía comunicado de prensa.

En sus alegaciones, el consistorio considera que no se han vulnerado los derechos fundamentales por entender que no se ha aportado al procedimiento ninguna prueba concreta del nivel de ruido excesivo en el interior de las viviendas.Los servicios jurídicos municipales sostienen que, por definición, los derechos fundamentales son de naturaleza individual y no ha quedado acreditada ninguna prueba de contaminación sonora en los domicilios de los demandantes.