Dieciocho años de cárcel por grabar y difundir imágenes sexuales de cinco mujeres

Dieciocho años de cárcel por grabar y difundir imágenes sexuales de cinco mujeres

Durante años, grabó a las que eran entonces su pareja. Una impúdica afición a la que sumó una cámara oculta instalada en los baños de una empresa de Ourense, de donde obtuvo también imágenes de sus compañeras de trabajo. A esto sumó un engaño a una menor a través de Instagram. La chica tenía 16 años cuando se produjeron los hechos.

Ninguna de ellas tuvo constancia, nunca, de que estuviesen siendo grabadas o, en el caso de la menor, de que las fotografías solicitadas tuviesen un fin mucho más turbio. Tanto como el método empleado, que apunta la Audiencia de Ourense en la sentencia condenatoria: “Se hizo pasar por una joven venezolana del mismo sexo, de 19 años, residente entre EEUU (Miami) y Panamá y se fue ganando su amistad hasta el punto de que la menor pensaba que tenía una relación sentimental con ella”.

Todo ello, claro, con el objetivo de que la menor le enviase fotografías de contenido sexual para compartirlas.

Los archivos obtenidos en los distintos casos acabaron en plataformas y redes sociales sin consentimiento de ninguna de las afectadas. Un comportamiento que ha supuesto una condena a 18 años y medio de cárcel.

La Sala considera al hombre culpable de delitos de descubrimiento y revelación de secretos, de grooming sobre una menor, de exhibicionismo, de captación de menores de 18 años con fines de elaborar material pornográfico y de distribución de pornografía infantil. Los magistrados, además, le han impuesto el pago de indemnizaciones a las cuatro víctimas, las cuales suman 19.000 euros.

El tribunal considera probado que el acusado, entre abril y mayo del 2020, compartió imágenes sexuales y vídeos de prácticas sexuales de una de las mujeres, con ocasión de la relación sentimental que habían mantenido en el año 2017. Esas imágenes, tal y como destaca la Sala, las obtuvo “sin conocimiento de la afectada” y fueron distribuidas sin su autorización.

Los magistrados también consideran probado que, en las mismas fechas, compartió imágenes y vídeos de contenido sexual de su exesposa, con la que mantuvo una relación sentimental entre los años 2000 y 2014. Al igual que en el caso anterior, las obtuvo sin conocimiento de la víctima y fueron divulgadas sin su autorización, al ignorar su existencia. El tribunal explica que, en este caso, se trata de imágenes captadas con una cámara oculta instalada en el cuarto de baño del domicilio y de fotos tomadas directamente a la víctima.

La Audiencia Provincial de Ourense también relata que el acusado, en una fecha no determinada, pero en todo caso entre los años 2012 y 2016, instaló una cámara oculta en los baños de la empresa en la que trabajaba “con el objeto de descubrir la intimidad de sus compañeras de trabajo”. Como consecuencia de ello, grabó a dos trabajadoras en varias ocasiones cuando estaban en el baño de la empresa.

“Con el fin de satisfacer sus más denostados instintos sexuales, en febrero del año 2019, se puso en contacto por la red social Instagram y por e-mail con una menor de edad, nacida en 2003, con pleno conocimiento de la edad de la misma”, indica la Sala en el apartado de hechos probados de la resolución, en la que explica el método empleado, haciéndose pasar una joven venezolana.

En el grupo de Telegram, según señala la sentencia, el hombre llegó a solicitar que le enviasen un audio con voz de mujer al objeto de engañar a la menor para que mandase fotos desnuda.

Fiscalía y acusación particular solicitaban 29 años de cárcel, pero se redujo la pena al alegar el condenado trastornos por déficit de atención, hiperactividad y voyeurismo.