El IVA de los alimentos sube este martes: los productos exentos como el aceite de oliva pasan a un tipo del 2%; para los huevos, la leche o las verduras se eleva al 7,5%

El IVA de los alimentos sube este martes: los productos exentos como el aceite de oliva pasan a un tipo del 2%; para los huevos, la leche o las verduras se eleva al 7,5%

Los precios de los alimentos suben al menor ritmo desde octubre de 2021, aunque por tiempo limitado. En agosto (último dato disponible), la inflación de los alimentos se situó en el 2,5%, lejos del 16,6% que llegó alcanzar en febrero de 2023, pero este oasis es sólo un espejismo, ya que a partir de octubre la cesta de la compra volverá a encarecerse tras decaer la rebaja del Impuesto de Valor Añadido (IVA) del aceite de oliva y alimentos básicos exentos. Su tipo impositivo subirá al 2% desde el 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre, mientras que el de los alimentos con un IVA del 5% se elevará al 7,5%.

El pasado mes de junio el Gobierno aprobó un real decreto por el que se prorrogaban hasta el 30 de septiembre la rebaja del IVA al 5% para pastas y aceites de semillas y la supresión de este impuesto para alimentos básicos como pan, harinas, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, a los que se sumó desde el 1 de julio como novedad el aceite de oliva, que ya había sufrido una rebaja del 10% al 5% y pasó al 0%.

No obstante, el real decreto introducía una subida parcial del IVA de los alimentos de octubre a diciembre y la vuelta a los tipos originales en 2025, con el objetivo eliminar las rebajas de forma progresiva a medida que se estabilizan los precios. De esta manera, a partir de mañana y hasta el 31 de diciembre los alimentos con un IVA del 5% (10% en origen), es decir, aceites de semillas y pastas alimenticias, pasarán a tener un IVA del 7,5% y en 2025 volverán a tener un tipo del 10%.

Por su parte, los alimentos exentos de IVA (4% en origen) pasarán a tener hasta fin de año un tipo del 2%, para volver al 4% en enero de 2025. Entran en este grupo los siguientes productos: el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; las harinas panificables; las leches; los quesos; los huevos; las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales y el aceite de oliva.

En el caso del aceite de oliva, Hacienda decidió promover una reforma de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA para que el aceite de oliva pase a formar parte de manera estructural de los bienes y servicios de primera necesidad a los que se aplica un IVA superreducido, del 4% en condiciones normales, en lugar de situarse en el grupo de bienes que aplica el IVA reducido, del 10% en condiciones normales.

Hay que tener en cuenta que, pese a la moderación del encarecimiento de la cesta de la compra, las subidas se siguen produciendo y se acumulan una tras otra: en los últimos tres años los precios de los alimentos se han disparado un 20%, mermando el poder adquisitivo de los hogares españoles. Además, el precio del aceite de oliva ha seguido siendo uno de los factores más inflacionarios de la cesta de la compra, con un incremento interanual del 25,1% en agosto de 2024 y una subida acumulada del 170,5% desde enero de 2021, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

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