El juez permite a las cinco acusaciones populares estar presentes en la declaración de Begoña Gómez

El juez permite a las cinco acusaciones populares estar presentes en la declaración de Begoña Gómez

Las cinco acusaciones populares del “caso Begoña Gómez” podrán asistir mañana presencialmente a la declaración como investigada de la esposa del presidente del Gobierno. Así lo ha acordado el magistrado Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, en una resolución en la que, aunque mantiene su decisión de que todas se agrupen bajo la dirección letrada de Vox, que fue la primera en formalizar su personación en la causa tras el abono de la fianza impuesta por el instructor, ha acordado permitir en adelante al resto de acusaciones asistir a las comparecencias que se produzcan durante la tramitación del procedimiento.

Peinado estima así parcialmente los recursos presentados por tres de ellas -Manos Limpias, Hazte Oír y Movimiento de Regeneración Política de España- contra la resolución del pasado 6 de junio en la que el magistrado decidió que las acusaciones populares intervengan bajo una misma dirección letrada , en este caso Vox. O lo que es lo mismo, en la declaración de Begoña Gómez y en las sucesivas podrán ocupar un lugar en estrados pero solo la abogada de Vox, Marta Castro, podrá intervenir en representación de todas ellas.

El juez dio ese paso ante la “convergencia de intereses y de puntos de vista” en la orientación procesal de las acusaciones y para evitar que la acumulación de estas ocasione dilaciones indebidas en el procedimiento.

Ahora matiza esa valoración y apunta que “vista la evolución de las actuaciones procesales” se ha comprobado que, si bien existen “pretensiones similares” entre todas las acusaciones populares -al margen de que en algún caso discrepen sobre alguno de los delitos imputados”-, y haya “convergencia de intereses”, la estrategia procesal de cada una “no es coincidente”. Unas diferencias de planteamiento que, hasta el momento -señala-, no han provocado “las dilaciones indebidas” que pretende evitar la acumulación de las acusaciones populares “en una sola dirección y representación”.

En todo caso, mantiene su criterio de que “debe mantenerse dicha dirección única, a fin de agilizar el procedimiento, en los actos procesales que se lleven a cabo” en el juzgado “con presencia física” de los comparecientes, de tal modo que quien intervenga en los mismos “sea un solo representante”, pero “sin perjuicio de que puedan estar presentes el resto de letrados de las otras acusaciones populares”, que tendrán que trasladar a la letrada de Vox “las pretensiones que traten de hacer valer”. Sin ir más lejos, la petición de cualquier medida cautelar.

En definitiva, Peinado “permite expresamente” que a las diligencias procesales “puedan comparecer y estar presentes, todos los representantes de las acusaciones populares personadas” -entre las que se encuentra, además de las referidas Iustitia Europa-, “aunque intervenga directamente, en representación de todos ellos, el representante procesal de Vox”.

Manos Limpias fue quien presentó la denuncia en Plaza de Castilla que activó la respuesta judicial -y cuya admisión a trámite llevó al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a amagar con una posible dimisión tras aislarse cinco días de la vida pública-, pero fue Vox la primera acusación pagar la fianza de diez mil euros que fijó el juez y formalizar por tanto su personación como primera acusación popular. Pero las dificultades para reunir la cuantía de la fianza y para encontrar un letrado dispuesto a ejercer la acusación contra la esposa de Pedro Sánchez le demoraron unos días en ese trámite procesal, que ya había cumplimentado el partido de Santiago Abascal.

Veinticuatro horas antes, Hazte Oír había denunciado a Begoña Gómez ante la Fiscalía, que tras constatar la existencia de un procedimiento judicial abierto remitió la denuncia al juez Peinado, personándose a continuación la asociación como acción popular, pero también ya más tarde que Vox.

Algunas de las acusaciones también habían solicitado al instructor la devolución de la fianza dada la acumulación de acusaciones, a lo que Peinado accede parcialmente al acordar que se les reintegren 7.000 de los diez mil euros aportados por cada una. Dado que esa cantidad se exigió para “afianzar las posibles indemnizaciones derivadas de una hipotética actuación temeraria” y una vez ha sido consignada por cada una de ellas -razona el magistrado- “debe ponderarse el importe de dicha fianza y reducirse”, quedándose en total el juzgado por este concepto con 15.000 euros “para responder, en su caso de las citadas indemnizaciones que pudieran fijarse” por un uso espurio de la acción popular.