El Supremo no dejará sin efecto las medidas cautelares contra Puigdemont de forma inmediata

El Supremo no dejará sin efecto las medidas cautelares contra Puigdemont de forma inmediata

El Tribunal Supremo (TS) no tiene intención de dejar sin efecto de forma inmediata las medidas cautelares que pesan sobre Carles Puigdemont y el resto de fugados una vez entre en vigor la Ley de Amnistía aprobada ayer en el Congreso y pendiente ahora de la publicación en el BOE para su entrada en vigor. El alto tribunal se tomará su tiempo para pronunciarse sobre el levantamiento de la orden de busca y captura y de ingreso en prisión del expresidente de la Generalitat y de los exconsellers fugados Toni Comín y Lluís Puig. Según las fuentes consultadas por LA RAZÓN, tanto en el caso de la Sala Penal del Supremo –que debe decidir en relación a los condenados en la sentencia del «procés»– como en el del magistrado Pablo Llarena, que mantiene procesados al líder de Junts y al resto de fugados, la decisión no se tomará sin escuchar antes la posición de las partes personadas en el procedimiento. Por tanto, la primera resolución una vez entre en vigor la medida de gracia (previsiblemente tras las elecciones europeas) será una mera providencia preguntando a las distintas partes personadas en la causa del «procés» –Fiscalía, Abogacía del Estado, Vox y las defensas de los procesados y de los ya condenados– que se posicionen respecto a la aplicación de la amnistía a este procedimiento.

En primer lugar, apuntan esas mismas fuentes, habrá que hacer «un esfuerzo interpretativo» para determinar a qué causas hay que aplicar la medida de gracia y «escuchar a las partes». Con todos esos escritos sobre la mesa, será la hora de pronunciarse sobre las medidas cautelares vigentes y el carácter amnistiable de los delitos por los que fueron condenados los líderes del «procés» y por los que todavía se persigue penalmente a Puigdemont y el resto de fugados, que han conseguido hasta ahora eludir la acción de la Justicia española.

El líder de Junts, recuerdan, sigue sometido a una orden de busca y captura mientras el juez Llarena no la deje sin efecto. «Los autos de prisión se dejan sin efecto con autos de libertad, no con páginas del BOE», subrayan.

La Ley de Amnistía ordena a los jueces y tribunales que todas las medidas cautelares que afecten a encausados en procedimientos relacionados con el proceso soberanista se dejen inmediatamente sin efecto, al margen de que se acuda al Tribunal Constitucional (TC) o al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), lo que paraliza la aplicación de la medida solo en relación a esas causas concretas.

Pero los tiempos de la Justicia van por otros derroteros. Esa previsión legal de la polémica norma, entienden en el Tribunal Supremo, no es «un mandato ciego e incondicional». Por tanto, la decisión sobre Puigdemont (pendiente de esa orden de detención para regresar a España para la sesión de investidura en el Parlament), tendrá que esperar.

Y es que una de las cuestiones que debe esclarecer el alto tribunal es si la paralización de la causa en caso de presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal Superior de la UE o una cuestión de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional (TC) debe incluir o no el mantenimiento de las medidas cautelares vigentes en el momento de la entrada en vigor de la medida de gracia.

La normativa establece que al margen de esos recursos con efectos suspensivos (así lo determinan tanto la jurisprudencia del TJUE como expresamente la ley que regula el funcionamiento del TC), las medidas cautelares deben decaer nada más entrar en vigor la Ley de Amnistía. Pero fuentes jurídicas consultadas por este periódico cuestionan este mandato en la medida en que consideran que de esta forma se vacía de contenido la efectividad de esos recursos, cuya esencia reside precisamente en que la aplicación de la norma quede en suspenso hasta que se esclarezca si contraviene el derecho europeo o la Carta Maga.

Otro de los mandatos de la Ley de Amnistía planteará (salvo un giro drástico en la instrucción) menos problemas. La norma obliga igualmente a dejar sin efecto las euroórdenes vigentes. Pero en el caso de Puigdemont, esa Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) no se ha reactivado desde que el líder independentista perdiera su inmunidad (pendiente aún de un recurso). Y eso que las fuentes consultadas consideran esta obligación que impone la ley «el punto más francamente en contra del derecho de la Unión», al decidir sobre un instrumento de cooperación comunitario.