El TSXG sentencia a 11 años y medio de cárcel al hombre que apuñaló a su pareja y a su hijo por defenderla

El TSXG sentencia a 11 años y medio de cárcel al hombre que apuñaló a su pareja y a su hijo por defenderla

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha impuesto penas que suman 11 años y medio de prisión para un hombre que atacó con una navaja a su mujer y que agredió también a un hijo de ambos, de 6 años, que se interpuso entre ambos para defender a su madre.

Así, el alto tribunal gallego rebaja en cuatro meses una de las penas que le impuso la seccion primera de la Audiencia Provincial de A Coruña. El tribunal provincial lo había condenado a 4 años y 4 meses por uno de los delitos que se le atribuyeron, el delito de lesiones cometido sobre su hijo, ya que tanto la Fiscalía como la acusación particular habían reclamado 4 años de cárcel por ese hecho.

La Audiencia lo consideró autor de un delito de lesiones con medio peligroso con las agravantes de parentesco y de género (por la agresión a su mujer), otro delito de lesiones con medio peligroso con la agravante de parentesco (por las lesiones causadas al menor), un delito de amenazas y otro de malos tratos.

Con respecto a las penas por los otros delitos, el TSXG las mantiene, al considerar que son “justas, respetuosas con el designio normativo y proporcionadas”, por lo que “nada justifica una modificación de su alcance o extensión”.

En concreto, fue considerado autor de dos delitos de lesiones con medio peligroso -sobre su pareja y sobre su hijo-, con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco; y, en uno de ellos, también la de género; así como de un delito de amenazas y de un delito de maltrato de género cometido en el domicilio familiar y en presencia de menores.

Los hechos

En el relato de hechos probados de la sentencia de la Audiencia Provincial, ratificado por el TSXG, consta que, durante la agresión con la navaja, en mayo de 2022, el menor de seis años “se interpuso tratando de ayudar a su madre e impedir que continuase la agresión, poniéndose en el medio e intentando arrebatar la navaja a su padre, al tiempo que gritaba: ‘Papá, por favor, no mates a mamá’”, por lo que sufrió varios cortes en la mano derecha.

Los magistrados consideraron acreditado que el condenado “actuó con la finalidad de imponer su voluntad sobre la de su pareja, al no aceptar sus decisiones sobre su propia vida”.

En la resolución también indican que tres meses antes del ataque con el arma blanca, en febrero de 2022, el día antes de irse de viaje, le propinó a la víctima un bofetón que hizo que se cayese al suelo.

Además, los jueces afirman que, durante su estancia en el extranjero, “llamaba y enviaba mensajes reiteradamente a su pareja” de carácter amenazante.

El TSXG ha rechazado el recurso presentado por el Ministerio Fiscal, en el que solicitaba que se condenase al acusado por un delito de asesinato intentado, en lugar de por un delito de lesiones con medio peligroso respecto a su pareja.

“La pretensión reconstructiva del dolo homicida opera directamente en el vacío por no tratarse de una polémica de infracción de ley pura, de un error de derecho, sino de algo diferente y perteneciente al campo de una nueva valoración de la prueba contra reo, prohibido por la ley”, explica la Sala de lo Civil y Penal en la resolución, contra la que cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo.

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