Entrevista: “A los cinco años ya les damos un móvil, ¿cómo le explicamos luego que hasta los 16 no podrán usarlo?”

Entrevista: “A los cinco años ya les damos un móvil, ¿cómo le explicamos luego que hasta los 16 no podrán usarlo?”

El 75% de los padres y madres publican imágenes de sus hijos
en redes sociales. Y al menos 8 de cada 10 seguidores son completamente
desconocidos para ellos. Si a esto le sumamos el ciberacoso, el grooming, el
acceso a contenido censurable para menores, las consecuencias en su salud
mental…, la
nueva ley
de protección a menores
en internet
parecía necesaria, pero ¿se está haciendo bien? Lo hablamos con
Susana González Ruisánchez, abogada especialista en Derecho Tecnológico.

“La ley me parece bastante bien – nos explica en conversación
telefónica -, otra cosa es que todavía tenga flecos. Se irá definiendo con el
tiempo, con sus enmiendas. Se supone que la han enviado a un grupo de expertos
para tratarla mejor. Hay cosas muy interesantes y otras contracorrientes. Por
ejemplo, me llama la atención que aumenten la edad de 14 a 16 años para poder
autorizar el tratamiento de sus datos. Sí me parece bien que las plataformas
limiten el contenido, sobre todo en lo relacionado con el material pornográfico.
Que los padres tengan la opción por defecto para limitar las horas de uso, pero
que se suba a 16 años, cuando a esta edad también pueden interrumpir
voluntariamente el embarazo, me deja perpleja. No puedes tener una cuenta de
Gmail o una cuenta en redes sociales, pero sí puedes interrumpir
voluntariamente el embarazo”.

Y es que, de acuerdo con esta ley, la edad para abrir una
cuenta en una red social aumenta de los 14 a los 16 años. Antes de cumplir los
16, los menores deberán solicitar el consentimiento de madres, padres o tutores
legales. Claro que esto es un escenario idílico: pueden abrir una cuenta con
otro nombre y decir que tienen más de 16 años. ¿Quién lo controlará?

“Aquí hay un problema – añade esta experta -. A los cinco años
ya le damos el móvil al niño, para que nos deje sentarnos tranquilos en una
terraza. Es algo que vemos todos los días. Esa parte de la sensibilización al
familiar hay que trabajarla. Y luego no le digas al niño que hasta los 16 no
puede usar el móvil para redes sociales. ¿Cuándo lo vas a cortar si se lo
llevan dando desde los cinco?”

Cuando se presentó el proyecto de ley, el ministro Félix
Bolaños aseguró que “se amplían los casos en que será posible autorizar
judicialmente la interrupción de servicios o contenidos”. Esto se debe a que, hasta
ahora, la justicia solo podía actuar por motivos de protección a la propiedad
intelectual. Eso cambiaría si se vulneran los intereses del menor.

“Me parece muy bien todo el tema de garantía de derechos –
añade Ruisánchez -. Pero hay que tener en cuenta que ya tenemos una ley sobre
la protección y el derecho a la intimidad de los menores que es genérica en
muchos sentidos y podría ser aplicable a cualquiera de las circunstancias que
se dan ahora, sea digital o no. Esos derechos ya estaban garantizados, daba
igual el soporte. Este es un proyecto de ley orgánica porque va a regular un
derecho fundamental que está contemplado en la Constitución, se trata de la
protección del menor. Y ahora tendremos otra ley y habrá que reformar la que ya
existe. Lo lógico será hacer un apartado específico, pero no hacer una nueva”.

Pese a que los referentes europeos no son abundantes en este
apartado, la UE mira con mucha atención este proyecto porque al igual que en
otros apartados, como la ley de protección animal, pueden sentar precedentes. Uno
de los objetivos es crear un protocolo de identificación de usos que afecten la
salud mental de los menores.

“Supongo que contaremos con fondos de Europa para usarlos en
formación, concienciación, actuaciones en colegio y en aspectos sanitarios –
confirma Ruisánchez -. Esto es un avance: sensibilizar tanto a familiares como
a menores y adolescentes, sobre todo porque si no ellos se informan por otro
lado. También está el tema de detección temprana y de patologías específicas
por el excesivo uso de dispositivos móviles o por problemas psicológicos que se
hayan podido tener por sexting, grooming o acoso, también es interesante”.

Eso sí, no todo es positivo y, al igual que avanza la
tecnología, las leyes deberán adaptarse a ciertas prácticas sociales. Uno de
ellos es la responsabilidad propia, sobre todo la vinculada a lo que uno
publica en redes sociales.

“El apartado de hacerse responsable de lo que uno publica no
está desarrollado suficientemente – concuerda Ruisánchez, quien imparte
conferencias sobre nuevas tecnología, internet e inteligencia artificial -. Yo
entiendo que es así. De hecho, no hacen más que reproducir lo que dicen las
plataformas: tú tienes que ser responsable de lo que publicas, lo que comentas
y lo que difundes, hasta tal punto que ya está en el código penal y puede ser
delito difundir determinados contenidos. Esto ya está contemplado con una
normativa que ya existe”.

¿Es necesaria entonces una nueva ley? Si ya contamos con una
que protege a los menores y solo es necesario adaptarla a internet, ¿cuál es el
objetivo? A esto habría que sumarle la capacitación de jueces, por ejemplo.

“Identificar los riesgos en este sentido es muy importante –
concluye Ruisánchez -. La nueva ley tiende a potenciar esto para todos: para
las familias y para los menores y en la parte de las prohibiciones me parece
muy restrictivos. Que introduzcan el grooming como agravante facilitará que
cuando alguien vaya a un juzgado y tener que explicarle lo que es y empezar a
probar cosas que el juez no lo ve tipificado, el juez lo va a tener que saber.
El problema es que seguimos sin contar con jueces especializados y muchos
jueces de primera instancia ya están señalando esto”.