España inicia la ratificación del tratado de la ONU para crear santuarios marinos en aguas internacionales

España inicia la ratificación del tratado de la ONU para crear santuarios marinos en aguas internacionales

Hicieron falta tres lustros de negociaciones y varios fracasos para cerrar en el seno de la ONU el texto del tratado de protección de la biodiversidad marina para las aguas internacionales. Este acuerdo, conocido como el Tratado de Alta Mar, sienta las bases para la creación de reservas en las áreas del océano que no pertenecen a ningún país y en las que existe un amplio descontrol en materia medioambiental. Pero, aunque se consiguió consensuar un texto el pasado año, no ha entado en vigor porque solo lo han ratificado ocho países hasta el momento. España tiene previsto iniciar este martes el proceso para hacerlo. El Consejo de Ministros comenzará esta ratificación, que deberá ser aprobada a su vez en el Congreso y el Senado durante los próximos meses, según el Ministerio para la Transición Ecológica.

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Navegar más lento para proteger a los cachalotes

Organizaciones ambientalistas han pedido al Gobierno que incluya por primera vez un límite de velocidad obligatorio para los barcos en este caso en las aguas territoriales españolas para proteger a especies como cachalotes y rorcuales comunes. En concreto, quieren que esta medida se aplique en el Corredor de Migración de Cetáceos del Mediterráneo, una enorme área marina protegida de 46.385 kilómetros cuadrados entre Cataluña, Comunidad Valenciana e Islas Baleares. 
En las últimas décadas, las poblaciones de rorcual común y cachalote en el mar Mediterráneo han seguido una preocupante tendencia a la baja, siendo una de las causas principales las muertes por colisiones con embarcaciones en su zona noroccidental, donde existe una alta intensidad de tráfico marítimo.
La propuesta de organizaciones como Greenpeace, Ecologistas en Acción, WWF, Oceana y ClientEarth consiste en la aplicación de un límite general de velocidad obligatorio de 10 nudos para todas las embarcaciones, incluyendo las recreativas. No obstante, incluye unas condiciones diferentes para buques mercantes y ferris. En el primer caso, propone el diseño de un dispositivo de separación de tráfico por el que los buques mercantes deban navegar “a una velocidad reducida con respecto a su velocidad media operativa en un porcentaje a determinar para cada categoría de barcos”. Y para los ferris prevé “una reducción de velocidad obligatoria que permita maximizar la reducción del riesgo de colisiones sin poner en riesgo la calidad del servicio que proporcionan”.

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