La inadmisión de la querella de Sánchez contra Peinado, en manos del TSJM

La inadmisión de la querella de Sánchez contra Peinado, en manos del TSJM

Apenas 24 horas después de que la Audiencia Provincial de Madrid se negase a archivar la investigación a Begoña Gómez por tráfico de influencias y corrupción en los negocios, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) abordó ayer la querella de Pedro Sánchez por prevaricación contra el juez Juan Carlos Peinado. La Sala –integrada por el presidente del TSJM, Celso Rodríguez, y por los magistrados Francisco José Goyena, ponente de la resolución, y Jesús María Santos Vijande– abordaron en horario vespertino la posible admisión de la querella presentada por la Abogacía del Estado en representación del presidente del Gobierno. No era, en cualquier caso, el único asunto al que debían enfrentarse, pues según las fuentes consultadas sobre la mesa tenían otras cuatro cuestiones pendientes de deliberación.

Según fuentes jurídicas, los magistrados debatieron en primer lugar la legitimación activa del presidente para querellarse contra Peinado por supuestas irregularidades en la instrucción sin ser parte en el procedimiento. No es, en todo caso, la primera querella contra Peinado que ha analizado el TSJ de Madrid (ante el que está aforado el magistrado), que ya ha deliberado y decidido en relación a la denuncia que presentó el presentador Máximo Pradera contra el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. Una querella que parece abocada a la inadmisión y sobre la que se pronunciará el tribunal superior de forma inminente.

Y aún tiene sobre la mesa una tercera –y la más sólida según las fuentes consultadas–, la que presentó tras el paso al frente de Sánchez la defensa de su esposa, Begoña Gómez, que además de prevaricación imputa al juez otro delito de revelación de secretos por las filtraciones del sumario.

Aunque el TSJ de Madrid no ha adelantado el fallo y está previsto que pasen todavía unos días antes de que notifique la resolución adoptada, las fuentes consultadas señalan que la querella de Sánchez contra el juez Peinado será finalmente inadmitida a trámite. Una decisión que reduciría la ofensiva judicial del matrimonio presidencial a la suerte que pueda correr la denuncia de Begoña Gómez. Cualitativamente, la repercusión procesal de una admisión a trámite sería en este caso exponencialmente mayor, pues abonaría la abstención de Peinado (o, en su caso, su recusación por la Fiscalía o la esposa del presidente del Gobierno) al no poder seguir instruyendo un procedimiento dirigido contra una investigada que le ha denunciado por prevaricación y cuya denuncia se está tramitando en un juzgado.

Lo que sí descartan fuentes jurídicas es que el TSJ de Madrid haya acomodado su calendario al de la Audiencia Provincial de Madrid, buscando no pronunciarse sobre las querellas contra Peinado hasta que aquella se pronunciase sobre el archivo de la causa. «No tiene nada que ver», apuntan.

El presidente del Gobierno anunció su querella contra el juez que investiga a su esposa poco después de que Peinado abandonase el Palacio de la Moncloa, adonde acudió en contra de su voluntad para tomarle declaración como testigo en relación a las reuniones de su mujer en la residencia presidencial con el empresario Juan Carlos Barrabés, profesor asociado en el máster de Begoña Gómez en la Universidad Complutense y que vio multiplicarse las adjudicaciones públicas a su empresa, Innova Next, a partir de la creación de la cátedra en 2020. Algo que para la Audiencia Provincial de Madrid resulta significativo.

La negativa del magistrado a tomarle declaración por escrito (porque defendió que los hechos por los que debía testificar estaban desvinculados del ejercicio de su cargo) llevó a Sánchez a querellarse contra él, al considerar –con el respaldo de la Fiscalía– que con esa decisión se saltó la ley procesal.

Ampliación de la denuncia

Esa denuncia inicial, que amplió el pasado día 2 de septiembre la Abogacía del Estado, cuenta con el aval de la Fiscalía, que ha respaldado su admisión a trámite al no poder «descartar a priori» que los hechos que se le atribuyen al magistrado no «revistan naturaleza penal».

Para el Ministerio Público, el hecho de que el juez Peinado aludiese, al citar a Pedro Sánchez, a un posible «tráfico de influencias en cadena» podría introducir «un elemento de sospecha en la actuación» del presidente del Gobierno. Además, entendía que el magistrado no justificó jurídicamente «la conveniencia y utilidad» de esa diligencia ni por qué insistió en tomarle declaración de forma presencial, y no por escrito, la opción «que expone más a la institución que representa».

En el escrito en que abogó por tramitar la querella de la Abogacía del Estado, la Fiscalía apuntaba asimismo a lo que considera otro posible indicio contra el juez: que decidiera tomar declaración al jefe del Ejecutivo en Moncloa «sin previo aviso, como dispone la norma», eligiendo la modalidad de declaración «que mayor difusión da a la práctica de la diligencia». Y eso, resaltaba, pese a contar el Palacio de la Moncloa con medios tecnológicos más que suficientes «para la realización de la declaración por videoconferencia».

Para la Fiscalía, el «apercibimiento de multa, detención y puesta a disposición judicial» a Sánchez, en caso de eludir la citación, pasaba por alto lo que determina al respecto el artículo 414 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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