La mirada progresista al fraude de los ERE

La mirada progresista al fraude de los ERE

El Tribunal Constitucional, en dudosas funciones de Corte de apelación, ha determinado que tanto los jueces de la Audiencia Provincial de Sevilla como los magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo vulneraron el derecho a la presunción de inocencia y la legalidad penal de Miguel Ángel Serrano Aguilar, que fuera director general de IDEA, la agencia de la Junta andaluza encargada de la gestión de los fondos destinados al auxilio de empresas en crisis, mediante la financiación de los despidos laborales. En consecuencia, deja sin efecto la condena por malversación de caudales públicos, como ya hizo con la prevaricación en el caso de la ex consejera y ex ministra Magdalena Álvarez, y abre la vía a la exoneración de otros altos cargos socialistas condenados en firme por el fraude de los ERE, sin duda, el mayor episodio de corrupción de la historia democrática española.

Sin entrar en la alambicada argumentación jurídica de la magistrada ponente, Inmaculada Montalbán –miembro destacado de la minoritaria asociación Jueces para la Democracia, de sensibilidad «progresista» y pionera en la teorización de la perspectiva de género en la aplicación de la justicia penal–, es preciso destacar la perplejidad que invade a la opinión pública española ante un Tribunal Constitucional que, por los hechos, parece actuar más como un apéndice del actual Gobierno que como el intérprete neutral de las normas constitucionales.

Que cualquier ciudadano medianamente informado pueda pronosticar sin riesgo a equivocarse el sentido que tomarán las resoluciones del TC, mediante la sencilla herramienta de saber si favorecen o no a las posiciones de la izquierda progresista, ya sea en el aborto de las menores de edad o el presente caso de los ERE, supone una anomalía impropia de cualquier democracia avanzada y un factor del descrédito de la justicia que afecta a la sociedad española.

Así, la «verdad jurídica» y la constitucionalidad o no de las leyes y de las sentencias judiciales se cifran en un guarismo, el 7, que son los magistrados del ala progresista que componen la mayoría del Tribunal. Frente a esta realidad palmaria de nada sirven las protestas de la minoría, expresadas en los votos particulares; las quejas de los jueces a quienes se somete irregularmente a una instancia superior y la propia naturaleza de los actos juzgados.

Afirmar, como ha hecho el TC, la irrestricción de una ley o de una norma aprobada por un órgano legislativo puede estar sujeto a la normal discusión, pero sostener la legitimidad sobrevenida de una legislación que fue ideada por la Junta socialista andaluza con la única finalidad de contornear las más restrictivas normas de la concesión de subvenciones públicas es dar un paso arriesgado en la ingeniería jurídica. Con todo, el problema mayor es que los ciudadanos nunca podrán estar seguros de la pertinencia de una resolución de un Tribunal Constitucional que replica la aritmética política.