¿Me puedo ir de un restaurante sin pagar? Esto dice la ley

¿Me puedo ir de un restaurante sin pagar? Esto dice la ley

El margen de beneficio de los bares y restaurantes suele ser bastante bajo en comparación con empresas de otros sectores. Según varios estudios, la rentabilidad de un local de hostelería y restauración suele oscilar ente el 10% y el 20%. Para poder seguir adelante y pagar los sueldos de todos sus empleados, estos comercios necesitan ajustar y controlar mucho el presupuesto.

En torno a una décima parte de los autónomos en España se dedican a la hostelería, por lo que se puede imaginar lo complicado que es su emprendimiento, teniendo en cuenta las trabajas legislativas combinadas con las problemáticas de este sector. Sufrir un robo o que un cliente se marche sin pagar, por lo tanto, acaba ‘doliéndole’ mucho a los bares.

Hay personas que se arrogan el derecho de apropiarse de los bienes y el esfuerzo ajenos. Tal y como contábamos esta semana en LA RAZÓN, la gente acaba delinquiendo más cuando nade le ve, en la falsa seguridad que les da la intimidad de, por ejemplo, una habitación de hotel. Más complicado, ya sea por vergüenza o por la presencia de testigos, es robar en público.

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En España, por desgracia, el acto de irse sin abonar la cuenta de un bar o restaurante ha llegado a recibir un nombre: “hacerse un simpa”. Aunque coloquial, respeta las normas ortográficas, que dictan que nunca se puede colocarse ‘n’ antes de ‘b’ y ‘p’, y debe sustituirse por la letra ‘m’. Esta es la única ley que cumple, ya que constituye un delito y podría conllevar penas de hasta ocho años de prisión.

Esto dice la ley sobre hacerse un “simpa”

Irse de un local sin pagar es un delito, ya que se ha consumido un servicio que después no se ha abonado, ya sea en un restaurante, en un balneario o en una clínica de depilación, una infracción es una infracción. Sin embargo, no está tipificado en la ley como un robo, sino como una ‘estafa’, por lo que las multas y sanciones son distintas.

Acorde con la definición que da el Artículo 148 del Código Penal Español de ‘estafa’, se considera que se incurre en este delito quien “con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno”. Tratar de “hacerse un simpa”, entonces, se considera como un delito de estafa en grado de ‘tentativa’.

Tal y como informaba la Policía Nacional (@policia) a través de su cuenta oficial de TikTok, marcharse de un bar o restaurante sin abonar la cuenta puede ‘salirle muy caro’ a quien lo intente. Según explicaban la agente, las sanciones por esta clase de delito “van desde multa, en los casos leves a ocho años de prisión, en los casos graves”.

El grado de la pena depende en gran medida del importe que se dejó sin abonar. Además, por supuesto, si tras ser descubierto se inicia una discusión que acaba en forcejeo y lesiones a alguna persona o propiedad, se podría estar incurriendo por añadidura en otra clases de delitos. En el caso de haber sido descubierto “haciéndose un simpa”, tratar de escaparse a la fuerza solo agravará la situación.

Si el monto de la cuenta que dejó impagada no supera los 400 euros, entra dentro de los ‘delitos leves’, que llevan asociados multas de carácter económico. Se consideran entonces ‘delitos graves’ de estafa tanto los “simpas” que exceden este umbral como tener a las espaldas tres condenas en firme de falta leve por esta práctica.

Las penas, en estos segundos casos, pueden elevarse hasta los ocho años de cárcel, en función de la gravedad del caso. Puede que un ‘error de cálculo’ de las consecuencias por “hacerse un simpa” no le salga tan caro a quien se arriesgue a cometerlo, pero la reincidencia está mucho más penada en España.

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