¿Pueden prohibirme vivir con mi perro en una casa que es de mi propiedad?

¿Pueden prohibirme vivir con mi perro en una casa que es de mi propiedad?

Más perros que niños. Esta es la realidad que se vive en España, ya que la población canina no ha dejado de crecer en los últimos años, lo que ha provocado que en la actualidad haya unos 12,5 millones de perros censados en nuestro país, según datos de la Fundación Affinity. De esta forma, más de un cuarto de los españoles vive con uno de estos peludos.

A pesar de que cada vez es más habitual ver a estos animales en un supermercado, el transporte público o incluso el trabajo; estos siguen sin ser bienvenidos en algunos escenarios, como en la vivienda de alquiler. Y es que solo el 5% de estos inmuebles acepta mascotas, según datos del portal inmobiliario Fotocasa. Pero, ¿pueden prohibir a un propietario tener a su perro en una casa de su propiedad?

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que las competencias de la comunidad de vecinos se limitan a las zonas comunes. Por tanto, estas no se aplicarán, en ningún caso, al ámbito privado de propiedad de cada inmueble.

Pese a ello, los vecinos sí que podrán establecer ciertas restricciones de acceso a las mascotas en las zonas comunitarias como que no puedan hacer uso del ascensor o que no accedan a los jardines comunitarios. No obstante, para que estas prohibiciones sean legales deberán aprobarse en junta de propietarios y modificar los estatutos de la comunidad.

Asimismo, los vecinos también podrán exigir a los propietarios dueños de estas mascotas que se respeten ciertas normas de salubridad, ruido y convivencia en general. En el caso de que estos no cumplieran con ellas, la comunidad puede interponer una demanda si así lo considera o incluso un juez podría determinar que el propietario tenga que abandonar su piso.

El propietario que tenga una de estas mascotas a su nombre también debe saber que existen una serie de normas tanto a nivel municipal como autonómico, ya que en caso contrario, este puede incurrir en una infracción, llegando a tener que pagar multas y sanciones elevadas.

“La normativa establece que sólo se podrán tener un máximo de cinco perros y/o gatos en una vivienda, ya sea de alquiler o en propiedad, y siempre que se garantice que se van a cumplir con todas las normas y obligaciones, tanto para con ellos, como con los vecinos de la comunidad”, asevera el portal inmobiliario. La nueva Ley de Protección Animal también prohíbe dejar cualquier animal doméstico en casa sin supervisión durante tres días consecutivos, plazo que no podrá superar las 24 horas consecutivas en el caso de los perros.

Por tanto, el propietario podrá tener animales domésticos en casa siempre y cuando cumpla con la normativa vigente y respete el bienestar del resto de los vecinos.