¿Qué pasa con el dinero de la cuenta bancaria cuando fallece su titular?

¿Qué pasa con el dinero de la cuenta bancaria cuando fallece su titular?

España ocupa el décimo octavo lugar en el ranking mundial de países con mayor esperanza de vida, situándose entre Corea del Sur y Noruega. Esto revela la calidad de nuestro país, ya que, de media, los españoles vivimos 82,2 años, mientras que los monegascos (naturales de Mónaco) ostentan el primer puesto, con una esperanza media de vida de 89,6 años.

Con una longevidad tan elevada, los problemas, más allá del duelo por la pérdida del ser querido, llegan en el momento en el que toca repartirse la herencia, y aquí todo el mundo se hace la misma pregunta: ¿Qué pasa con el dinero de su cuenta bancaria?

¿Quién se queda con el dinero de la cuenta?

Generalmente, cuando una persona fallece, son los familiares quienes deben comunicar el deceso al banco, ya que, según afirma el abogado José María Peyra en ‘Solidaridad Intergeneracional’, “no existe un procedimiento sistemático para que el banco se entere del fallecimiento de sus clientes”.

Así, deben demostrar que son los herederos y que, por tanto, tienen derecho al patrimonio del difunto. Para ello, deben aportar tres documentos: una certificación de fallecimiento del Registro Civil, el certificado de Últimas Voluntades, que se pide ante el Registro Civil, y una copia del testamento.

Tras todo ello, y si el difunto no hubiese dejado ningún otro requerimiento, los herederos presentarán la documentación a la entidad bancaria en la que se dé fe que son los herederos legítimos.

Si no se reclama, ¿se queda el banco con el dinero?

Según el abogado Peyra, la idea de que si los herederos no reclaman el dinero se lo queda el banco “es una leyenda urbana”. Además, aclara que, de transcurrir el plazo de 20 años de los que disponen los herederos legítimos para reclamar el dinero a la entidad bancaria, el depósito de la cuenta tampoco se la queda en propio banco, sino que pasará “definitiva y obligatoriamente” al Tesoro Público, es decir, al Estado.

No obstante, subraya que los bancos disponen de sistemas informáticos que están programados para detectar ciertas anomalías, como la ausencia de movimientos en la cuenta o pagos con escasas variaciones en las domiciliaciones, movimientos que, asegura, indicarían un posible fallecimiento.