¿Qué pasa si el cajero se queda con nuestra tarjeta?

¿Qué pasa si el cajero se queda con nuestra tarjeta?

Los cajeros automáticos son ese lugar donde las personas acuden para obtener dinero en efectivo de manera inmediata. Asimismo, muchos asisten a estas máquinas para llevar a cabo distintas operaciones bancarias como transferencias o ingresos, entre otras, sin necesidad de esperar largas colas en las sucursales.

A pesar de que la utilización de los cajeros conlleva unas ventajas innegables, también acarrea una serie de riesgos. Y es que puede ocurrir que al introducir la tarjeta en el cajero, esta máquina no la devuelva por razones de seguridad y problemas técnicos del propio terminal. Estos son los motivos más habituales:

Introducir reiteradamente de forma errónea el código PIN de la tarjeta. No retirar la tarjeta en un tiempo determinado –unos 40 segundos–. “El cajero detecta que no hay actividad y emite unos sonidos de advertencia previos a la retención. Si la operación que estás haciendo es para sacar dinero, el cajero no te lo dará ya que se entregaría con posterioridad a que recogieras la tarjeta”, explican las abogadas de Legálitas, Laura Sierra y Rosa Quiros.Que la entidad bancaria haya emitido una orden para retener la tarjeta al estar caducada o bloqueada. Problemas técnicos del cajero automático, tanto internos o externos, como puede ser un corte repentino del suministro eléctrico.

Cuando esto ocurra, el propietario de la tarjeta deberá notificar “sin demoras” dicha situación a la entidad emisora. Aunque existe un número de teléfono para incidencias, desde Legálitas recomiendan acudir a la sucursal, si se encuentra abierta, y comunicar lo ocurrido.

Si no se consigue contactar en ese instante con la entidad bancaria, se deberá bloquear la tarjeta de manera “inmediata” si se dispone de esta opción. El propietario de este dinero plástico tampoco deberá abandonar el cajero mientras realiza estos trámites, ya que esta máquina podrá expulsar la tarjeta sin previo aviso. “Una vez resuelta la incidencia, revisa los movimientos de la cuenta bancaria por si se hubieran realizado algunos no autorizados“, aseguran las letradas.

Ante esta situación, desde el Banco de España (BdE) explican que la persona que sea víctima de esta fraude, debe notificar cuanto antes a la entidad bancaria el cargo para así evitar gastos adicionales. No obstante, esta persona tiene por ley 13 meses para hacer la reclamación desde la fecha del adeudo.

“La entidad tiene la obligación de responder y devolver el importe de las operaciones que considere como no autorizadas al final del siguiente día hábil al de la comunicación realizada, salvo que considere que son cargos derivados de una actuación fraudulenta del titular de la tarjeta o de negligencia grave de sus obligaciones”, asegura el BdE.