Nacionalismo independentista y mayorías sociales

Nacionalismo independentista y mayorías sociales

Desde hace tiempo se habla de «mayorías sociales», para diferenciarlo de las mayorías electorales, pero el concepto no se define objetivamente, y quien lo utiliza procura definirlo a su conveniencia, de forma subjetiva.

Después de 40 años con elecciones democráticas seguimos sin utilizar adecuadamente los datos electorales, así que comencemos por los conceptos. La población es el total de habitantes en un territorio y fechas determinados, y se dividen entre los que tienen derecho a votar y los que no lo tienen. El censo electoral es el conjunto de ciudadanos que tiene derecho a votar, y se divide entre los que votan y los que no votan (abstención). Los que votan se dividen entre los votos no válidos (blancos y nulos), y los votos válidos. Los votos válidos se dividen en votos a candidaturas que superan el porcentaje que marque la ley para ser contabilizados, y los que no superan ese porcentaje. Finalmente, los votos a candidaturas que superan el porcentaje solo sirven para hacer el reparto proporcional de los escaños que hayan correspondido a ese territorio en esa convocatoria electoral. Por tanto, cuando se habla de mayoría, sea social o de cualquier otro tipo, en unas elecciones, ¿a qué nos referimos, mayoría sobre votos válidos, sobre votantes, sobre electores, sobre la población total?

Este esquema es muy sencillo, pero sigue haciéndose de forma incorrecta incluso en informes oficiales. La cuestión tiene importancia para decidir cuál es la mayoría democrática que permita decidir sobre la independencia de una parte del territorio español. No entraré a discutir la cuestión de si es constitucional o no, eso lo dirán los expertos en derecho constitucional. Simplemente quiero plantear cuál es la mayoría que legitima esa decisión. Partiendo de los resultados de las últimas elecciones autonómicas en Cataluña, había una población total de 7.900.000 habitantes en esa Comunidad Autónoma, de los cuales solo 5.461.068 estaban incluidos en el censo electoral oficial y tuvieron derecho a votar. Según los dato oficiales, los votantes fueron 3.148.378 personas, pero los votos válidos fueron 3.078.294.

Una mayoría absoluta debe ser al menos superior al 50%, pero los expertos afirman que para una decisión tan importante como romper un país se necesitaría una mayoría cualificada, pues si la independencia se basa en un 51% de los votantes válidos a candidaturas que sobrepasen el porcentaje mínimo, podría suceder que unas semanas, un mes, un año o cinco después, otra elección pudiera dar un resultado inverso, y no parece lógico que un país cambie de territorio y población cada mes o cada año. Pero veamos los resultados de las elecciones autonómicas de 2024.

Los votos a partidos nacionalistas-independentistas (JUNTS +, ERC, AC, CUP y Alhora, (aunque estos últimos no superaron el porcentaje exigido por la ley) fueron 1.361.942. Por tanto, esos votos, contando los de Alhora, representan el 44,2% del total de votos a todas las candidaturas, superen o no el porcentaje exigido, y son los votos válidos. Representan el 45,0% solo del total de votos a las 9 candidaturas que superaron dicho porcentaje. Son el 43,2% sobre el total de votantes, válidos o no válidos. El 24,9% sobre el censo electoral, o sea, sobre el total de quienes tenían derecho a votar. Y representan solo el 17,2% de la población total de Cataluña. ¿Cuál de esos porcentajes es el que debería tomarse como «mayoría social» para separar a Cataluña de España? En este caso ninguno constituye mayoría, pero puede haber otras elecciones en que alguno de los porcentajes supere el 50%, ¿sería suficiente si la «mayoría social» solo lo es respecto a los votantes, pero con una abstención del 40%? Recuérdese que una mayoría del 51% sobre un 60% de votantes del censo electoral representa solo un 30% del total de ciudadanos con derecho a votar, y por tanto a decidir en una cuestión tan importante como la ruptura de un país. Solo como recordatorio para los que carecen de memoria, la Ley de Reforma Política fue aprobada por un 73% de todos los españoles que en 1976 tenían derecho a votar (21 y más años). Y la Constitución Española fue aprobada por un 59% de todos los españoles con derecho a voto en 1978 (los de 18 y más años). Los porcentajes son muy superiores si solo se tienen en cuenta los que votaron.

Cuando se habla de la mayoría social, ¿a qué colectivo nos referimos? Cuando hoy algunos se quejan de que muchos españoles no han votado la Constitución de 1978, ¿qué mayoría nos puede garantizar hoy que será igual dentro de 10 años? ¿Cada cuánto tiempo se debería preguntar a los ciudadanos por el territorio que debe incluir un estado? Romper un estado no es una broma, y no se puede jugar a los dados ni a la lotería, de manera que cuando se trata de romper España, debería preguntarse a todos los españoles.

Juan Díez Nicolás es académico de número de la Real de Ciencias Morales y Políticas.