El Ayuntamiento de Alicante se plantea recurrir la sentencia que obliga a declarar ZAS la calle Castaños de Alicante

El Ayuntamiento de Alicante se plantea recurrir la sentencia que obliga a declarar ZAS la calle Castaños de Alicante

El Ayuntamiento de Alicante sigue sopesando la posibilidad de recurrir la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo Número 3 de Alicante que obliga a declarar Zona Acústicamente Saturada, ZAS, la calle Castaños, ubicada en el centro tradicional de la ciudad y epicentro del conocido como tardeo; un término que resume la costumbre alicantina de ir de bar en bar, en terrazas o en el interior, tomando copas desde la hora de la sobremesa y hasta la noche o la madrugada.

Así lo ha comunicado hoy el vicealcalde y portavoz del Gobierno Local, Manuel Villar, después de que se haya conocido que el citado juzgado ha rechazado la aclaración presentada por el Consistorio de dicha sentencia. En la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno Local, Villar ha indicado que se podría presentar un recurso “no porque no estemos de acuerdo con el fondo de la misma, que es los vecinos no pueden descansar por el ruido en la calle, si no por la repercusión que pueda tener para el Ayuntamiento la vulneración de derechos”, en alusión al derecho al descanso.

No obstante, Villar ha matizado que, aunque se lleven a cabo acciones legales en contra del fallo judicial, se tomarán medidas para amortiguar el exceso de decibelios que soportan los vecinos de la calle Castaños y de otras que están próximas a esta vía. Hay que recordar que el plazo para implantar la ZAS en esta zona es de dos meses y cuenta a partir de la resolución de la citada aclaración. En caso de presentarse recurso se haría ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, TSJCV.

Aunque el Gobierno Local tiene, por tanto, hasta mitad de julio para llevar a cabo acciones contra el ruido, Villar ha matizado que se implantarán cuanto antes, si bien no ha detallado cuáles se ejecutarán, con el argumento de que aún no están decididas.

El contencioso contra el Ayuntamiento lo plantearon dos vecinos quienes podrían pedir ahora, con la sentencia a su favor, indemnizaciones por las molestias generadas los bares y restaurantes de la calle Castaños; máxime cuando el derecho al descanso es un derecho reconocido como fundamental por la Constitución Española.

La aclaración a la sentencia, ahora rechazada por el juzgado, se presentó por estar en contra el Gobierno Local, del Partido Popular y capitaneado por el alcalde, Luis Barcala, del argumento que sostiene que el Ayuntamiento no había tomado ninguna medida para contrarrestar el ruido y las consiguientes las molestias que generan los bares a los vecinos de esa zona del centro tradicional y que, lógicamente, afectan a su derecho al descanso.

No es la primera vez que los vecinos la calle Castaños, la Rambla de Méndez Núñez y calles adyacentes protestan por no poder descansar los fines de semana y a diario por el ruido; de hecho, en 2019 hubo otra sentencia que daba la razón a los vecinos y por el mismo motivo; si bien entonces la presentó la Asociación de Vecinos Centro Tradicional.

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