El Constitucional ha anulado parcialmente por diez votos a uno la ley gallega de Medidas Fiscales y Administrativas que regulaba aspectos de gestión del litoral en términos que el tribunal ha estimado lesivos para las competencias estatales en la materia. El recurso de inconstitucionalidad fue presentado por el presidente del Gobierno. El precepto más importante que queda anulado es el artículo 10.1 de dicha ley, que reducía a 15 años el plazo de la Administración para restituir a su estado anterior las “obras y actuaciones ilegales realizadas en la zona de servidumbre de protección de costas”. La legislación estatal no prevé límite temporal alguno para actuar contra este tipo de construcciones ilegales.