El Constitucional ordena incrementar la protección de los menores a la hora de fijar las pensiones de alimentos en casos de divorcio

El Constitucional ordena incrementar la protección de los menores a la hora de fijar las pensiones de alimentos en casos de divorcio

El Constitucional ha dictado una sentencia sobre cómo asegurar que los menores reciban la pensión alimenticia en casos de divorcio y que implica una llamada de atención a jueces y tribunales sobre la necesidad de que sus resoluciones sobre esta materia contengan una “motivación reforzada” para que se cumplan. El fallo anula los dictados que sucesivamente hicieron un juzgado de Getafe, la Audiencia Provincial de Madrid y el Supremo, que acordaron primero y mantuvieron después el criterio de que el padre de una menor debía atender a su alimentación con un 10% de sus ingresos, en lugar de fijar una cantidad concreta. La reclamación fue planteada por la madre en 2015 y nueve años más tarde dicho progenitor sigue en paradero desconocido sin que haya aportado cantidad alguna al sostenimiento de su hija, que ahora ya es mayor de edad.

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