El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre los embargos de la Agencia Tributaria del saldo de las cuentas bancarias de los contribuyentes. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso interpuesto por el Organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona y advierte que, en los casos en los que Hacienda requise el saldo de una cuenta, es el ciudadano el que debe demostrar que el dinero incautado no se puede embargar.