El TC ampara a un extraditado a Marruecos por terrorismo que reclama a España 3,2 millones de indemnización

El TC ampara a un extraditado a Marruecos por terrorismo que reclama a España 3,2 millones de indemnización

El Tribunal Constitucional (TC) ha concedido por un solo voto el amparo a Alí Aarrass, de nacionalidad belga y origen marroquí, que fue extraditado a Marruecos en 2010 en contra de la decisión del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que solicitó sin éxito a España que paralizase cautelarmente la entrega después de que su defensa alertase de un “riesgo real y cierto de ser torturado”. Aarrass reclama a España una indemnización de 3,2 millones de euros por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, después de que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de Naciones Unidas determinase que nuestro país “no evaluó adecuadamente el riesgo de tortura y severos malos tratos” a los que se exponía al acordar su extradición, acordada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

El recurrente basa su reclamación en los “daños y perjuicios sufridos por la situación de indebido enjuiciamiento y prisión, junto con las torturas padecidas en Marruecos”, de lo que responsabilizaba a “la negligente decisión de España” de acordar su extradición a Marruecos.

El TC reconoce su derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión y a no ser sometido a torturas ni trato degradante y anula la decisión de la Audiencia Nacional y, después, del Tribunal Supremo de rechazar sus recursos contra su entrega a España.

Ahora, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional deberá dictar una nueva resolución y pronunciarse de nuevo de forma “respetuosa” con su derecho a la tutela judicial efectiva.

Han anunciado voto particular los magistrados Ricardo Enríquez, César Tolosa, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y Laura Díez.

Alí Aarrass solicitó al TC el amparo frente a la decisión de la Audiencia Nacional primero, en febrero de 2018, y del Tribunal Supremo en enero del año siguiente, de desestimar su recurso por la negativa del Ministerio de Justicia a su reclamación de responsabilidad patrimonial por un supuesto funcionamiento anormal de la Administración de la Administración de Justicia.

Según expuso la defensa de Aarrass, se vulneraron sus derechos a la integridad física y moral y a la tutela judicial efectiva.

Detenido en Melilla en 2008

El 25 de marzo de 2008, el Tribunal de Apelación de Rabat emitió una Orden Internacional de Detención contra Aarrass por terrorismo. Detenido en Melilla el 1 de abril, la Audiencia Nacional puso en marcha el procedimiento de extradición y acordó su prisión provisional.

Marruecos ratificó a través de su embajada la solicitud de extradición para juzgarlo en su país por asociación de malhechores y preparación y perpetración de acciones terroristas para atentar gravemente contra el orden público, según la legislación marroquí.

El 21 de noviembre, la Sala de lo Penal accedió a la petición de extradición aunque condicionó la entrega de Aarrass al “compromiso expreso” de que la pena de prisión que pudiera imponérsele no fuera de por vida.

El tribunal español desoyó la denuncia del ahora recurrente sobre la situación de las cárceles marroquíes, que la Sala

solo vio “apoyada en informaciones de medios de publicación en internet no contrastadas, estando por tanto huérfana de toda acreditación”.

Tras recurrir Aarrass alegando falta de garantías de que no fuese objeto de un trato inhumano o degradante si era entregado a Marruecos, el Pleno de la Sala de lo Penal ratificó la extradición pero la supeditó al compromiso de Rabat de sustituir una posible condena a pena de muerte a la

prevista para los mismos hechos por la legislación penal española.

La Audiencia no consideró “sistemáticas” y “generalizadas” las denuncias sobre torturas y malos tratos a los presos en las cárceles marroquíes incorporadas a un informe de Amnistía Internacional que esgrimió la defensa de Aarrass para evitar su entrega.

Entrega con condiciones

Finalmente, Marruecos aceptó las condiciones de entrega, unas garantías que España consideró suficientes, por lo que comunicó al Consejo de Ministros, entonces presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, su visto bueno a la extradición.

Fue entonces cuando Aarrass recurrió en amparo al TC, solicitando la suspensión cautelar de la extradición, pero la corte de garantías inadmitió su recurso y no llegó siquiera a valorar esa suspensión solicitada.

Entonces, acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para forzar a España a paralizar la entrega, alegando que esa decisión vulneraba su derecho a un proceso equitativo, a la vida, libertad y seguridad y a la prohibición de un trato inhumano y degradante. Rechazadas sus pretensiones, el Consejo de Ministros acordó su entrega el 19 de noviembre de 2010.

Después de que el TEDH rechazase una segunda demanda, Aarrass recurrió entonces al Comité de Derechos Humanos de la ONU y solicitó la paralización del procedimiento a la propia Audiencia Nacional ante lo que consideraba un “riesgo real y cierto de ser torturado”.

Dicho comité decidió solicitar a España la suspensión de la entrega mientras examinara el caso. La Fiscalía, que entonces dirigía el actual presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, se opuso a esa paralización, que tampocó acordó la Sala Penal ” al haberse agotado la vía jurisdiccional al tratarse de una resolución firme”.

Finalmente, fue entregado a Marruecos el 14 de diciembre de 2010.

Respaldo del comité de torturas de la ONU

Casi tres años después, en junio de 2013, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la Asamblea General de Naciones Unidas instó al Gobierno marroquí a la inmediata liberación de Aarrass y a la concesión de una reparación adecuada al considerar, ante el silencio de Rabat a sus requerimientos, que su condena se basó en “una confesión que habría sido obtenido mediante tortura”.

Alí Aarrass se quejó de que desde su llegada a Marruecos el 14 de diciembre de 2010 estuvo detenido y fue sometido a sesiones de tortura hasta el 23 de diciembre de 2010 con el fin de obligarlo a confesar, una denuncia avalada por el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas.

Según determinó este comité de la ONU, “la extradición del autor a Marruecos por parte del Estado parte constituyó una violación” de la Convención contra la Tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, por lo que España “no evaluó adecuadamente el riesgo de tortura y severos malos tratos” para el recurrente. Fue en esa misma resolución en la que determinó que nuestro país tenía la obligación de proporcionarle “una compensación adecuada por la violación sufrida”, una reclamación que la abogada de Aarrass trasladó al Ministerio de Justicia.

El 20 de julio de 2015, la defensa de Alí Aarrass presentó ante el Ministerio de Justicia una reclamación de responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, reclamando una indemnización de 3.245. 879,73 euros por los “daños y perjuicios sufridos por la situación de indebido enjuiciamiento y prisión, junto con las torturas padecidas en Marruecos”, de lo que responsabilizaba a “la negligente decisión de España” de acordar su extradición a Marruecos.

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