El Ministerio de Seguridad Social aprueba que los antiguos becarios puedan cotizar por sus prácticas laborales

El Ministerio de Seguridad Social aprueba que los antiguos becarios puedan cotizar por sus prácticas laborales

Se ha aprobado la orden por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que permitirá a antiguos becarios recuperar el pago de
cotizaciones correspondientes a periodos de prácticas formativas o académicas
externas realizadas en el pasado. Esta es una medida anhelada por muchos ex
alumnos tras la implementación de la cotización de los becarios el pasado mes
de enero, y que ha sido catalogado por Elsa Saiz, titular del ministerio, como
“un día importantísimo”.

Tendrán acceso a este beneficio, según ha explicado el
propio Ministerio de la Seguridad Social, los ex alumnos universitarios, ex
alumnos de formación profesional (excepto cuando las prácticas se realizaron en
el régimen de formación profesional intensiva), así como ex alumnos de
enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y
enseñanzas deportivas del sistema educativo.

Además, se beneficiarán los graduados universitarios que, a
través de estudios oficiales de doctorado, participaron antes del 4 de febrero
de 2006 (fecha de entrada en vigor del Estatuto de Personal Investigador en
Formación) en programas de formación de carácter investigador, tanto en España
como en el extranjero.

Para poder firmar este convenio especial con la Tesorería
General de la Seguridad Social, los solicitantes deben cumplir con dos
requisitos. En primer lugar, aquellos que deseen pagar las cotizaciones de
antiguas prácticas no remuneradas deben haberlas realizado antes del 1 de enero
de 2024 y, en el caso de las prácticas remuneradas, antes del 1 de noviembre de
2011. Y, en segundo lugar, deben acreditar el periodo de duración de los
programas de formación en los que participaron, lo que les permitirá sumar las
cotizaciones de dichos periodos hasta un máximo de cinco años.

Si se cumplen ambas condiciones, estos ex alumnos serán
equiparados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el
Régimen General de la Seguridad Social, contándoles la recuperada cotización
para sus futuras pensiones de jubilación, incapacidad permanente y muerte y
supervivencia derivadas de contingencias comunes.

La base de cotización por el convenio especial estará
constituida por la base mínima de cotización por contingencias comunes
correspondiente al grupo 7 de cotización del Régimen General de la Seguridad
Social vigente en el año 2024, a la que se aplicará un coeficiente reductor del
0,77 por ciento. Una vez calculado por la TGSS el importe total de la
cotización a ingresar por este convenio especial, su abono se podrá realizar
mediante un pago único o mediante un pago fraccionado “en un número máximo
de mensualidades igual al de aquellas por las que se formalice el
convenio”.

Esta medida, en palabras de la ministra Elma Saiz,
“representa la mejor definición del Gobierno de justicia social”, asegurando
que amplían “los derechos de los más jóvenes, de personas que se están
incorporando ahora al mercado laboral”, pero que también reparan “los
desequilibrios” y abren la ventana “a aquellos que no tuvieron esa opción en el
pasado”.

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