Estos son los pasos para firmar un contrato de arras

Estos son los pasos para firmar un contrato de arras

El contrato de arras es un documento en el que se formaliza un acuerdo privado entre el comprador y el vendedor de una casa para asegurar la reserva del inmueble. A través de este se establece un compromiso entre ambas partes y, aunque no es un contrato de compraventa definitivo, refleja el interés del comprador en adquirir el bien a través del pago de una suma de dinero como adelanto y el vendedor se compromete a reservar la vivienda.

El comprador y el vendedor acuerdan cuestiones como el precio de la vivienda, la forma de pago y los gastos que debe asumir cada una de las partes. Por norma general, el comprador necesita tiempo para conseguir financiación, por ello, se firma este documento donde se reflejan las condiciones de la compraventa y “se establece el pago de una señal por parte del comprador a cambio de la reserva del derecho de compra del bien en las condiciones acordadas”, explica el asesor hipotecario iAhorro.

Las arras penitenciales es la cantidad de dinero que el comprador entrega al vendedor, por lo que si se produce un incumplimiento del contrato por el interesado en comprar el inmueble, este perderá la señal. Si el incumplimiento se produce por parte del vendedor, este deberá devolver la cuantía abonada y también pagar al comprador una suma igual en concepto de indemnización.

“Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas”, tal y como establece el artículo 1454 del Código Civil. No obstante, también existen las arras confirmatorias, y, en este caso, la compraventa será definitiva y el importe se descuenta del precio final, además, cualquiera de las partes puede exigir el cumplimiento del contrato.

¿Cómo se realiza el pago de contrato de arras?

El pago de las arras es la señal que deja el comprador para reservar el derecho de compra de la vivienda y, por norma general, la cantidad suele ser un porcentaje comprendido entre el 5% y el 15% del valor del inmueble. Esta cuantía se debe abonar al firmar el contrato y la forma de pago podrá ser una de las siguientes:

Efectivo: para que el pago pueda realizarse en efectivo, la cantidad debe ser inferior a 2.500 euros si intervienen dos particulares en la operación. En el caso de que intervenga un profesional o una empresa, la cantidad máxima es de 1.000 euros. En este sentido, será necesario expedir un recibo al vendedor para demostrar el pago.Cheque: este puede ser nominativo, al portador, conformado o barrado y la cantidad queda bloqueada durante 15 días.Transferencia: este es el medio de pago más común, aunque esta forma de pago puede conllevar una serie de comisiones bancarias.

Plazo para la compraventa

En el contrato de arras deberá especificarse el plazo máximo para proceder a la escritura de compraventa. Por norma general, se establecen 90 días, aunque esto dependerá de lo que acuerden las partes y el plazo establecido puede prorrogarse.

Después de firmar el contrato, ambas partes deberán cumplir las condiciones acordadas hasta la firma del contrato definitivo y no respetarlas puede considerarse un incumplimiento del mismo.

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