¿Va a hacer la declaración de la Renta por primera vez? Estas son todas las cosas que debe conocer

¿Va a hacer la declaración de la Renta por primera vez? Estas son todas las cosas que debe conocer

Millones de contribuyentes rinden cuentas a Hacienda cada año en la campaña de la Renta. Este 2024, los españoles tendrán casi tres meses –desde el 3 de abril y hasta el 1 de julio– para confeccionar y presentar sus declaraciones del IRPF y Patrimonio. No obstante, aunque esta sea una cita con la Agencia Tributaria que se repite año tras año para muchas personas en nuestro país, otras deberán presentar la declaración de la Renta por primera vez . Ante este escenario, desde el blog de BBVA “Mi Jubilación” resuelven algunas dudas al respecto a aquellos que no estén familiarizados con esta campaña.

¿Estoy obligado a presentar la declaración de la Renta?

El mínimo para la obligación de la presentación de la declaración se ha incrementado este año. Y es que estarán obligados a presentar la autoliquidación del IRPF aquellos contribuyentes que hayan percibido más de 15.000 euros con dos o más pagadores, siempre que el segundo y siguientes pagadores superen, en su conjunto, los 1.500 euros.

En cambio, los contribuyentes que tengan más de un pagador y no sobrepasen esos 1.500 euros no estarán obligados a declarar hasta los 22.000 euros, el límite general, como hasta ahora.

Además, las personas titulares del ingreso mínimo vital (IMV) y todas las personas integrantes de la unidad de convivencia están obligados a presentar la declaración de IRPF, con independencia de la cuantía de sus ingresos. Si, junto al IMV, se perciben otras ayudas a colectivos con riesgo de exclusión social, sólo se debe declarar, y tributar, por ese exceso.

Aunque una persona no esté obligada a presentar la declaración, se deberá revisar el borrador que elabora la Agencia Tributaria para comprobar si la declaración de la Renta saliese a devolver. Esto suele ocurrir cuando el empleador ha aplicado un tipo de retención a cuenta en nómina superior al que le correspondería al trabajador.

¿Se deben declarar las becas de estudios?

Las becas concedidas por organismos públicos o por fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro para cursar estudios reglados están exentas de tributación en el IRPF con los siguientes límites:

6.000 euros anuales en concepto general para estudios hasta el segundo ciclo universitario incluido.18.000 euros, en el caso de estudios reglados hasta el segundo ciclo universitario, incluida la compensación de los gastos de transporte y alojamiento.21.000 euros en el caso de los estudios hasta el segundo ciclo universitario que se realicen en el extranjero. Esta cuantía también se aplicará para los estudios de tercer ciclo universitario con carácter general.24.600 euros para los estudios de tercer ciclo que se lleven a cabo en el extranjero.

En el caso de que la duración de la beca sea inferior al año natural, la cuantía máxima exenta será la parte proporcional que corresponda. Estará exento el dinero de la beca destinado al pago de los costes de matrícula, así como los costes del seguro de accidentes y asistencia sanitaria.

¿Puede deducirse el alquiler de la vivienda? ¿Y la hipoteca?

Los nuevos contribuyentes deben saber que existen deducciones estatales y autonómicas por alquiler en el IRPF. Estos podrán disfrutar de la deducción estatal por alquiler si la base imponible es inferior a 24.107,20 euros anuales, firmaron el contrato antes del 1 de enero de 2015 y aparecen en el contrato como arrendatario.

La deducción asciende al 10,05% del alquiler satisfecho, con una base máxima sobre la que aplicar la deducción de:

9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales.9.040 – [1,4125 x (BI – 17.707,20)], cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales. La base sobre la que se practica la deducción va disminuyendo a partir de 17.707,20 hasta desaparecer en los 24.107,20 euros.

No obstante, no podrán beneficiarse de la deducción por compra de vivienda habitual, a no ser que la hubiesen comprado antes del 1 de enero de 2013. Esa deducción es del 15% de los gastos de la hipoteca satisfechos en 2023, con una base máxima sobre la que aplicar ese porcentaje de 9.040 euros.

¿Pueden deducirse las donaciones a ONGs?

Los contribuyentes pueden deducirse las donaciones que realicen a organizaciones sin ánimo de lucro. Se aplica una deducción del 80% por los primeros 150 euros y un 35% a partir de esta cantidad o un 40% si en los dos años anteriores se hubiera hecho donaciones a esa misma entidad por un importe igual o superior cada año respecto del anterior.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *