Dos Porsche, un Rolex de oro, un viaje a Londres… Condenado por cohecho el excomisario de Barajas por aceptar regalos de empresarios

Dos Porsche, un Rolex de oro, un viaje a Londres… Condenado por cohecho el excomisario de Barajas por aceptar regalos de empresarios

La Audiencia Nacional ha condenado pore cohecho a cinco años y ocho meses de cárcel a Carlos Salamanca, ex comisario jefe en el aeropuerto de Barajas, por haber recibido coches de alta gama, relojes de lujo o dinero en efectivo entre 2010 y 2015 por parte de empresarios a cambio de proporcionar “el mejor trato y consideración” a sus clientes y familiares.

El tribunal también condena al empresario y abogado Francisco Menéndez -quien obsequió a Salamanca con un Porsche Panamera, dos relojes de lujo, un viaje familiar a Londres y distintas cantidades económicas-, en su caso a tres meses de prisión, por un delito de cohecho activo, al aplicarle la atenuante muy cualificada de colaboración con la Justicia.

La Sala ordena además a Salamanca a restituir al Estado la cantidad de 457.298,52 euros y acuerda el decomiso de un Rolex modelo Oyser Perpetual Date GMT-Master II, de oro amarillo con brazalete y esfera verde index, y de un reloj Hublot modelo Geneve.

El tribunal considera probado que Salamanca aceptó regalos, pagos en efectivo y viajes. En el caso del empresario Francisco Menéndez, explica, se trató de una “recompensa” para que el comisario dispensara un mejor trato a los clientes ecuatoguineanos del ejecutivo que tenían puestos de responsabilidad en Guinea.

No eran, hace hincapié la Audiencia, actos aislados, sino que formaban parte de “una trama delictiva donde se entrega una pluralidad de dádivas a un funcionario público a lo largo de un dilatado periodo de tiempo en cuantías importantes para obtener la satisfacción de los intereses personales y patrimoniales de determinados sujetos”.

Dada cantidad de las dádivas y su elevada cuantía, la Sala afirma que “no puede concebirse que las entregas y correlativas recepciones de dinero y otros efectos se traten de meros regalos efectuados entre personas unidas por una relación de amistad, como pretende hacer ver el último de los acusados nombrados en su larga declaración”.

Al tribunal no le convencieron las justificaciones dadas por Salamanca a esos regalos y para acreditar el cohecho pasivo continuado insiste en que no supo dar explicaciones razonables “sobre la pertenencia y permanencia en su domicilio de la ingente cantidad de objetos suntuarios y suministros gourmets que se intervinieron, ni del viaje a Londres con que fueron agasajados él y su esposa, habiendo admitido ciertos abonos”.

A uno de esos pagos, según recoge la sentencia, se refiere en una conversación mantenida con el otro acusado para que fuera “espléndido” en el regalo de bodas a su hijo (25.000 euros en total), “no pudiendo negar los abonos que se hacían de los gastos de los vehículos que utilizaba, ninguno de los cuales estaba a su nombre”. Tales gastos, señalan los magistrados, “por su cuantía y su constancia, exceden de los que un simple amigo efectúa, especialmente cuando el que los realiza niega que se trataran de meras liberalidades, pues tendían a buscar un trato de favor en el aeropuerto de Madrid-Barajas para sus clientes relacionados con la empresa nacional de petróleo de Guinea Ecuatorial (GEPetrol)”.

Sin embargo, el tribunal absuelve a los dos acusados de un delito continuado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, en su modalidad de favorecimiento de la inmigración ilegal, y de un delito continuado de prevaricación administrativa.

Y es que para la Audiencia no ha quedado acreditado que, como comisario jefe del puesto fronterizo de Madrid Barajas, Salamanca infringiese las normas reguladoras del control de inmigración con abuso de su cargo, un delito que la acusación le atribuía para favorecer el tráfico ilícito de personas procedentes de Guinea que trabajaban en la empresa vinculada a Francisco Menéndez. Para los magistrados, no consta “acreditación alguna acerca de la comisión, por uno o por los dos, de los delitos mencionados”.

Del mismo modo, sostiene que tampoco se ha acreditado el tráfico ilícito de personas, con vulneración de la normativa de entrada de extranjeros porque no consta que Salamanca dictase al respecto una resolución administrativa arbitraria que infringiese el ordenamiento jurídico.

En el caso del empresario ya fallecido Fernando Luengo, la Sala considera acreditado que entregó a Salamanca como “mera atención y en consideración a sus cargos policiales” un Porsche Cayenne.

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