La Audiencia Nacional admite una querella por terrorismo contra la cúpula de Hamás

La Audiencia Nacional admite una querella por terrorismo contra la cúpula de Hamás

La Audiencia Nacional ha admitido a trámite una querella contra la cúpula de Hamás por terrorismo presentada por el padre de la joven española asesinada en los ataques perpetrados contra Israel el 7 de octubre del pasado año.

En la resolución en la que acuerda la medida contra ocho dirigente de la organización terrorista, la magistrada María Tardón acuerda acumular la denuncia a las diligencias ya abiertas el pasado 11 de octubre para investigar la muerte de la joven, de otro español y su mujer.

Respecto a la posible atribución de la condición de investigados de los miembros de la cúpula de Hamás querellados, su declaración y la adopción de medidas dirigidas a su detención solicitadas por la acusación, la magistrada prefiere esperar al resultado de la comisión rogatoria cursada a Israel sobre estos hechos.

Y es que la instructora quiere saber si Israel ha abierto con anterioridad una investigación judicial sobre los mismos hechos.

La querella se dirige contra Ismail Haniyeh, Khaled Mashal, Moussa Mohammed Abu Marzook, Maher Salahm, Izzat Al-Risheq, Mouhammad Nazal, Salah Abu Salah y Yahay Sinwar.

La magistrada cree que los hechos denunciados pueden constituir delitos de terrorismo en la medida en que Hamás, incluido Hamás-Izz al din al Quaseem y la Yihad Islámica Palestina se encuentran incluidos en la relación de grupos terroristas de la Decisión del Consejo de Europa de la UE de 20 de julio de 2023.

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 del citado tribunal justifica la admisión de la querella en que el padre de la joven asesinada ostenta la condición de agraviado por unos hechos para los que la jurisdicción española resulta competente. No obstante, recuerda que el denunciase es consciente de que por estos mismos hechos ya hay abierta una causa penal en el juzgado, en la que además se encuentra personado como acusación desde el pasado enero, por lo que la admisión de la querella no acarreará la apertura de un nuevo procedimiento, sino que se acumulará al ya abierto, tal y como establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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